¿Quién dijo que llegó el momento de dejar de trabajar con 67 años? Eres una persona activa y la edad para ti no es ningún impedimento para seguir sintiéndote realizado y lleno de energía. Por suerte, existe la jubilación activa y en este artículo vamos a explicarte cómo puede favorecerte. ¡Sigue leyendo!
Qué es
Lo primero que debemos saber, es que la jubilación activa es para las personas que a pesar de cumplir con los requisitos para jubilarse, desean por cuenta propia continuar en su empleo tradicional, teniendo los mismos beneficios de trabajo y siguiendo bajo actividad física.
En España se introdujo la figura del pensionista activo en marzo del 2013. Donde se da la posibilidad a esas personas que quieren seguir disfrutando de su trabajo ya sea por cuenta propia o ajena y a tiempo completo o parcial siempre que cumplan ciertos requisitos.
Requisitos para la jubilación activa
Cumpliendo estos requisitos se puede acceder a la jubilación activa:
- Lo principal en el tema de la jubilación activa es haber cumplido con la cantidad establecida de cotización. A 2019 serían los casos de personas que se jubilan con 65 años acreditando 36 años y 6 meses de cotización o los que se jubilan con 65 años y 6 meses.
- Y hay que haber alcanzado la pensión máxima a la que se accede acreditando al menos 35 años y 6 meses en 2019.
- Se aplicará a todos los regímenes excepto al Régimen de Clases Pasivas, que tiene su propia normativa.
Cuantía de la pensión en jubilación activa
Durante el periodo de jubilación activa el importe recibido de su pensión será del 50% de lo establecido inicialmente. La pensión se revalorizará cada año según se establece legalmente y esta cantidad se reducirá al 50% también. Además, debes saber que los pensionistas que estén en jubilación activa no podrán solicitar el complemento de mínimos.
Aunque existen excepciones; en el caso de que tenga un trabajador a su cargo podrá obtener el 100% de su pensión.
Y por supuesto, en el momento que termine la jubilación activa recibirá el 100% de su jubilación.
¿Se sigue cotizando en jubilación activa?
Solo cotizarán por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, con una cotización especial del 8%, que no suma para las prestaciones. Si el trabajo es por cuenta ajena; el empresario carga con el 6% y el trabajador con el 2%.
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