Ayer, lunes 21 de marzo de 2022, entra en vigor la reforma en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Las nuevas normas afectarán no solo a conductores de coches y motos, si no también a los usuarios de patinetes y bicicletas. Te contamos todo lo que debes saber sobre los cambios en la Ley de Tráfico.
Son varios los cambios importantes que trae consigo la reforma de la Ley de Tráfico, como la eliminación del margen de 20 km/h para adelantar en las carreteras convencionales o el aumento de la pérdida de puntos por las distracciones, aunque la cuantía de las multas no cambia. Por primera vez vienen reflejados en la Ley de Tráfico cosas como el respeto al medio ambiente o los vehículos de movilidad personal.
Novedades en la Ley de Tráfico
- Distracciones: manipular el móvil, independientemente de si estás hablando o escribiendo un mensaje, mientras se conduce ahora conllevará la pérdida de 6 puntos del carnet. La cuantía económica de la multa sigue siendo de 200€.
- Cinturón de seguridad: aumenta a 4 puntos la pena por no hacer uso del cinturón de seguridad o no hacerlo de forma adecuada. Lo mismo ocurrirá con el uso de los sistemas de retención infantil, casco para bicis o vehículos de movilidad personal y demás elementos de protección obligatorios.
- Velocidad: Se elimina el margen de 20km/h para adelantar en carreteras convencionales para los turismos y motocicletas. La DGT se ha dado un plazo de un año para analizar la eliminación de este margen que ha suscitado polémica.
- Ciclistas: Será obligatorio que, en vías con más de un carril por sentido, se cambie de carril cuando se proceda para adelantar a ciclistas o ciclomotores. De no hacerlo, el conductor se enfrentará a la pérdida de 6 puntos del carnet y una multa de 200€. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
- Detectores de radares: El hecho de llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o de cinemómetros será castigado con la detracción de tres puntos en el carnet, aunque el mecanismo no esté funcionando.
- Arrojar objetos por la ventanilla: A partir de ahora se detraerán 6 puntos del carnet de conducir a aquellos conductores o pasajeros que arrojen a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir accidentes o incendios.
- Tasa cero para menores: aquellos conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal), se les prohíbe circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.
- Motoristas: Tras la petición del colectivo, los motoristas podrán llevar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en el casco con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad de la conducción.
- Contaminación: No respetar las normas derivadas de escenarios anticontaminación y de las zonas de bajas emisiones se considerará infracción grave y tendrá unos 200€ de multa.
- Recuperación de puntos: Se fija en dos años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos. Además, los conductores podrán recuperar dos puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente.
- Trampas en los exámenes: utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir será una infracción muy grave y estará multada con 500€, además de prohibir durante 6 meses que el aspirante se presente a las pruebas de obtención del permiso.
- Alcoholímetro antiarranque: A partir del 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.